Se amplían los supuestos para acceder a las ayudas para paliar los efectos de la crisis

GETAFE/Sociedad (1/3/2022)- El Ayuntamiento de Getafe a través de su delegación de Bienestar Social, está trabajando en las nuevas bases y convocatoria de ayudas 2022. En esa línea ya se han determinado nuevos criterios para las ayudas por pérdida de ingresos, que hasta el año pasado se limitaban a casos de despidos, ERTES o reducción de jornada por conciliación, pero que ahora se ampliará para llegar a más familias.

Por lo tanto, esta nueva convocatoria contemplará ayudas para aquellos vecinos y vecinas que hayan visto reducidos sus ingresos provenientes del trabajo, en al menos un 10% en el año 2021 respecto al año 2020, como principal requisito.

La alcaldesa, Sara Hernández, explica que “seguimos trabajando por el bienestar de todas nuestras vecinas y vecinos, con distintas medidas para que nadie se quede atrás, tanto con ayudas directas, como fomentando el empleo, la formación, el comercio y la hostelería, sin descanso para construir ese Getafe que queremos para el futuro”.

Una vez se publique esta convocatoria, los solicitantes deberán cumplir también con otros requisitos como, estar empadronados en el municipio en la fecha de aprobación de la convocatoria con una antigüedad mínima desde el 1 de enero de 2020; haber declarado en 2020 o 2021 ingresos provenientes del trabajo, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena; así como haber sufrido una pérdida de ingresos provenientes del trabajo de al menos el 10% en 2021 en relación con 2020. No deberá haber superado la unidad familiar en el ejercicio fiscal 2021, los umbrales de rendimientos netos al año, de 21.000 euros, en el caso de 1 sola persona; 28.000 euros para 2 personas; 35.000 euros para 3 personas; 38.500 euros para 4 personas; y 42.000 euros para 5 o más personas.

El importe mínimo de la ayuda, que será de pago único, será de entre 1.000 y 1.500 euros, aumentando la cantidad respecto a ediciones anteriores. Dicha cuantía se incrementará en un 20% por cada miembro adicional de la unidad familiar, hasta un incremento máximo de un 80%.