La estigmatización de los perros potencialmente peligrosos

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OPINIÓN/El rincón del lector (10/10/2016) – A lo largo de la historia, muchos perros se han ganado injustamente una mala reputación. Son los equívocamente llamados Perros Potencialmente Peligrosos (PPP). Así denominan las leyes a determinadas razas de perros que  por poseer determinados atributos físicos (grandes, musculosos…) ya se les atribuye un comportamiento agresivo; atributos, por otra parte, creados por la mano del hombre a través de la crianza selectiva.

Estos tópicos erróneos son alimentados por la atención mediática y el pánico colectivo irracional y, por supuesto, por los propietarios irresponsables que los crían y entrenan para que tengan comportamientos agresivos, la mayoría de las veces para ser usados en peleas de perros. Prohibir la tenencia de una raza en particular crea estereotipos injustos al considerar violentos y agresivos a perros que no lo son por naturaleza.

Cada vez que se produce un incidente en el que un perro muerde a una persona, quien lleva las de perder es el perro, al que se restringe más la libertad y que por haber nacido de una raza determinada se verán condicionados a unas leyes que regulan su control.

De esta forma, señala el Artículo 8 del REAL DECRETO 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, las medidas de seguridad que se deben contemplar:

  1. La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzca y controle lleve consigo la licencia administrativa a que se refiere el artículo 3 de este Real Decreto, así como certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.
  2. Los animales de la especie canina potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal.
  3. Igualmente los perros potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deberán ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona.

Diversos estudios han demostrado que los ataques de perro no guardan relación con una determinada raza, sino con la forma en que se les cría o por haber sido víctimas de abusos y maltratos con anterioridad, como de hecho muestra el hecho de que no todos los ataques de perros se deban a perros llamados PPP sino que cualquier perro puede llegar a morder ante determinados estímulos ambientales.

Es más, a muchas de estas razas de perros se les atribuyen rasgos de lealtad y protección, haciendo las veces de “niñera” por la dulzura con la que tratan a los niños.

Debemos dar otro enfoque, centrado más en la responsabilidad del propietario del perro y no tanto en éste, que queda totalmente exento de culpabilidad.

Hay que educar en una tenencia responsable y sancionar a los dueños irresponsables, llegado el caso, pero sin prohibiciones que afecten directa o indirectamente a los perros, ya que ellos no son responsables ni tienen culpa de nuestras acciones.

Podemos concluir entonces que no existen perros potencialmente peligrosos, sino dueños potencialmente irresponsables. Parece lógico pensar que sea sobre estos últimos sobre quienes deban tratar las normativas, al igual que las medidas coercitivas y sancionadoras.

Redacción Getafe Capital